El tema de la educación en todos los sectores y a todos niveles es muy importante, pero se hace mucho más relevante cuando esta educación va encaminada a la inclusión de todas y todos. Esto no es una casualidad, sino que, más bien, es cuestión de obligatoriedad por parte de los países, a continuación, entraremos un poco más en contexto.
Nuestro país México está regido por diferentes leyes, normas, códigos, entre otros, pero existe una supremacía o jerarquía entre todos estos cuerpos normativos, el cual por encima de todos se encuentra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la par se encuentran los Tratados Internacionales de los que México sea parte (haya celebrado y ratificado), podemos verlo en su artículo 1.º.
Ahora bien, encontramos una doble obligatoriedad por parte del Estado Mexicano, la Constitución que nos rige y a su vez los Tratados Internacionales, pues la educación está consagrado como un derecho humano, de acuerdo al artículo 3.º “Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.” Así mismo, existe la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su artículo 24 nos menciona lo siguiente: “1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles…”
No solo eso, sino también en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el artículo 12, dice expresamente lo siguiente “Artículo 12. La Secretaría de Educación Pública promoverá el derecho a la educación de las personas con discapacidad, prohibiendo cualquier discriminación en planteles, centros educativos, guarderías o del personal docente o administrativo del Sistema Educativo Nacional”.
Esto ocurre en los diversos niveles de gobierno, pues es una obligación y un derecho para todos y todas; eso hace que haya una correcta inclusión en escuelas de educación media superior, superior, entre otras, prohibiendo cualquier tipo de discriminación. No obstante, estas leyes no son los únicos medios, formas o reformas para lograr esta correcta inclusión en la educación, pues tenemos también los siguientes programas:
El Programa Sectorial de la SEP, la cual propone atender las necesidades educativas de las personas con alguna discapacidad;
El Programa Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (PNDIPD), en su objetivo 4, describe estrategias y líneas de acción específicas para fortalecer la participación de las personas con discapacidad en la educación inclusiva.
Finalmente, es de concluir que la educación inclusiva no es únicamente tarea del Estado Mexicano; pues también nosotros, como población, debemos hacer unir esfuerzos para promover la inclusión de manera efectiva, pues la discapacidad no es un problema, es una forma diferente de ver y afrontar la vida, por lo que, entender y promover la educación incluyente, es labor de todos y todas.
Fuentes que se ocuparon para este blog.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917). Última reforma publicada el 8 de noviembre de 2023. Diario Oficial de la Federación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Naciones Unidas. (2020). Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-05/Discapacidad-Protocolo-Facultativo%5B1%5D.pdf
México. (2024). Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Diario Oficial de la Federación. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPD.pdf
La Inclusión de las Personas Con Discapacidad, C. N. P. E. D. Y. (s. f.). Educación incluyente. gob.mx. https://www.gob.mx/conadis/es/articulos/educacion-incluyente?idiom=es.
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