sábado, 30 de agosto de 2025

“Trabajo sin Barreras: Derechos Laborales para Todos”


El derecho al trabajo es un pilar fundamental de la dignidad humana, la independencia

económica y la participación plena en la sociedad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)

reconoce que todas las personas, sin importar sus capacidades, deben tener

igualdad de oportunidades para integrarse al mundo laboral y desarrollar su potencial.


El Artículo 27 de la CDPD establece que las personas con discapacidad tienen derecho

a trabajar en condiciones equitativas y seguras, incluyendo la posibilidad de elegir

libremente su empleo y acceder a un entorno laboral inclusivo y accesible.

Esto significa que el trabajo no debe ser un privilegio, sino un derecho universal que

promueva la igualdad, la dignidad y la autonomía.


Imagen 1: Ilustración simbólica que representa la

inclusión de personas con discapacidad en el

entorno laboral y social. 


Puntos clave del Artículo 27:


No discriminación: Las personas con discapacidad deben ser consideradas
en igualdad de condiciones en todos los aspectos del empleo, desde
la selección hasta la promoción y las condiciones laborales.

Condiciones de trabajo justas y seguras: Incluye igualdad de remuneración
por trabajo de igual valor, protección contra el acoso y el acceso a
condiciones laborales seguras.

Acceso a formación y orientación: Es esencial que puedan participar en programas
de capacitación técnica y vocacional, así como en servicios de colocación y
formación continua.

Promoción del empleo inclusivo: Se fomentan oportunidades de empleo en el
sector público y privado, con incentivos, medidas afirmativas y ajustes razonables
en el lugar de trabajo.

Emprendimiento y autonomía económica: Las personas con discapacidad
deben tener acceso a la creación de negocios propios, cooperativas o
empleos por cuenta propia.

Protección contra el trabajo forzoso: Ninguna persona debe ser sometida a
esclavitud, servidumbre o trabajo obligatorio, y esto incluye a quienes adquieren
una discapacidad durante el empleo.



Eliminando barreras y potenciando talento


Garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad va mucho más

allá de la contratación; implica crear espacios accesibles y funcionales que

permitan a todas las personas desempeñarse con autonomía y seguridad.

La inclusión laboral requiere que los lugares de trabajo estén diseñados pensando

en la diversidad: puertas amplias para sillas de ruedas, rampas de acceso,

pasillos despejados, señalización clara, baños adaptados y áreas de descanso

adecuadas son elementos esenciales para que nadie quede fuera.


Imagen 2: la imagen representa un entorno laboral inclusivo y accesible,

en su conjunto simboliza la diversidad en el lugar de trabajo y señala

como el espacio laboral debe ser accesible para todas

las personas, para que todos puedan

participar plenamente.


La accesibilidad no es un lujo, sino un derecho que permite a las personas con

discapacidad integrarse plenamente al entorno laboral, desarrollar sus habilidades

y contribuir con su talento. Un espacio accesible refleja una cultura organizacional que

valora la equidad y la dignidad humana, y que reconoce que la productividad y

la creatividad se fortalecen cuando todos los colaboradores tienen las mismas

oportunidades para participar y crecer juntos.

La diversidad se convierte en un activo: las empresas que fomentan la

inclusión no solo cumplen con la ley, sino que reconocen que un equipo

diverso puede generar ventajas competitivas y soluciones creativas para

los desafíos empresariales. Además, para los colaboradores, trabajar en un espacio

inclusivo significa poder desarrollarse profesionalmente con tranquilidad

y confianza. Promover la accesibilidad en el trabajo es un acto de justicia social,

pues transforma la sociedad, reduce barreras, fomenta la diversidad y demuestra que

todos podemos construir juntos entornos inclusivos donde el talento y el esfuerzo

sean los verdaderos criterios de éxito.



Referencias:


Naciones Unidas. (2006). Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Recuperado de https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

Bupa México. (s.f.). Descubre por qué es importante tener un lugar de trabajo inclusivo. Bupa Salud. Recuperado el 27 de agosto de 2025, de https://www.bupasalud.com.mx/agentes/novedades/noticias/importancia-de-trabajo-inclusivo

jueves, 28 de agosto de 2025

“Cómo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad impulsa la educación”



La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD)

reconoce que la educación no debe ser un privilegio, sino un derecho

universal que también debe garantizarse a las personas con discapacidad.

El artículo 24 señala que los Estados tienen la obligación de construir un

sistema educativo inclusivo, accesible y sin discriminación, en todos los niveles y

durante toda la vida. 


Imagen 1: se muestra a una maestra y a un grupo de cinco estudiantes sentados a su

alrededor de dos mesas en un salón de clases.

 La niña del lado derecho está sentada en una silla de ruedas y está concentrada en

su trabajo escolar mientras la maestra la ayuda.

La imagen muestra un ambiente de apoyo

y ayuda en el aula.


Puntos clave del artículo 24:

  1. Educación en igualdad de condiciones 

  • Ningún niño o niña con alguna discapacidad debe ser excluido de la

primaria o secundaria 

  • Deben estudiar en las mismas escuelas, en su comunidad, no en

instituciones agregadas

  1. Ajustes razonables

  • Las escuelas deben adaptar métodos, materiales y entornos según las necesidades

(por ejemplo: libros en braile, intérpretes de lengua de señas, rampas).
  • Ofrecer apoyos personalizados: tutores, acompañantes, tecnología de asistencia

  1. Aprendizaje accesible 

  • Braile y orientación para personas con ceguera. 

  • Lengua de señas y reconocimiento de la identidad cultural de las personas sordas. 

  • métodos adecuados 

  1. Desarrollo integral 

  • La educación no es solo aprender matemáticas o historia,

  • sino también reforzar la dignidad la autoestima, la creatividad

y las habilidades para la vida independiente. 

  1. Formación de docentes

  • Los países deben capacitar maestros en inclusión

  • También fomentar que personas con discapacidad sean docentes.

  1. Educación superior y aprendizaje a lo largo de la vida

  • El derecho no termina en la secundaria: las universidades,

escuelas técnicas y programas de adultos también deben

ser accesibles.

Educación inclusiva: un reto pendiente en América Latina

Si bien la educación es reconocida como un derecho humano universal, en la práctica

muchos niños y jóvenes con discapacidad aún enfrentan barreras para acceder, permanecer

y aprender en la escuela. En América Latina estas dificultades se suman a la

desigualdad social y económica, lo que genera altas tasas de abandono escolar.


Imagen 2: Se muestra una maestra y una alumna en pleno aprendizaje,

en un momento de instrucción individualizada y

apoyo en un ambiente de tecnología

adecuada y educación.

De la igualdad a la inclusión

  • Igualdad: dar a todos lo mismo.

  • Equidad: reconocer diferencias y ofrecer apoyos diferenciados.

  • Inclusión: asegurar que todos participen en la misma escuela y comunidad.

El paso de la igualdad a la inclusión es justamente lo que promueve la

CDPD. No basta con abrir las puertas de la escuela, es necesario transformarla

para que nadie quede fuera.

El papel de los docentes

Los docentes son clave en este proceso, ya que requieren competencias para:

  • Flexibilizar el currículo.

  • Usar metodologías variadas (arte, juego, TIC).

  • Colaborar con familias y comunidades.
    Entender la educación no sólo como enseñanza, sino

como formación integral para la vida y la ciudadanía.


Reflexión

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad nos recuerda

que la educación es un derecho humano universal que no admite excepciones.

El artículo 24 plantea un cambio de paradigma: pasar de ver la educación como

un privilegio para unos cuantos, a garantizar un sistema inclusivo, accesible y sin

discriminación para todos. Esto significa que la verdadera inclusión no se logra

solo con permitir el acceso a las aulas, sino con transformar la escuela para

que cada estudiante pueda aprender y desarrollarse plenamente. 


La educación inclusiva exige equidad y apoyos diferenciados, pero también un

compromiso profundo de la sociedad, y especialmente, de los docentes.

Ellos son agentes clave para flexibilizar el ambiente, reconocer las diferencias

y generar entornos de aprendizaje ricos y diversos, donde la dignidad,

la creatividad y la autonomía de cada persona sean fortalecidas.


En América Latina hay que reconocer que aún queda un largo camino por recorrer:

la desigualdad social, la falta de recursos y las barreras culturales mantienen

fuera de las aulas a muchos niños, niñas y jóvenes con discapacidad. Sin embargo,

avanzar hacia una educación inclusiva no solo beneficia a estas personas,

sino que enriquece a toda la comunidad, pues nos permite construir sociedades más

justas, empáticas y cohesionadas. 


En conclusión, el reto es claro, pues debemos pasar de la igualdad formal

a la inclusión real, asegurando que nadie quede fuera del derecho a aprender

y a vivir con plenitud.

La CDPD es una guía, pero la verdadera transformación depende del compromiso diario

de los Estados, las instituciones educativas, los docentes, las familias y de cada uno de

nosotros como ciudadanos. 


Referencias:


Naciones Unidas. (2006). Convención sobre los Derechos de las Personas

con Discapacidad. Recuperado de


Calvo, G. (2013). La formación de docentes para la inclusión educativa.


UNICEF. (s. f.). Hacia la educación inclusiva en América Latina y el Caribe.

Recuperado de

https://www.unicef.org/lac/hacia-la-educaci%C3%B3n-inclusiva-en-am%C3%A9rica-latina-y-el-caribe


martes, 26 de agosto de 2025

Accesibilidad: más que rampas, un derecho que cambia vidas

Cuando escuchamos la palabra accesibilidad, es común pensar en rampas, elevadores o baños adaptados. Y claro, son importantes. Pero la accesibilidad va mucho más allá. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), adoptada por la ONU, dedica un artículo completo (el artículo 9) a este tema, porque sin accesibilidad no hay inclusión real.

Imagen 1: Rampas y accesibilidad para todos.

sábado, 23 de agosto de 2025

Accesibilidad: más que rampas, un derecho que cambia vidas

 

Imagen 1: “Ilustración que simboliza distintas formas de accesibilidad en la vida diaria —más que rampas— mostrando cómo entornos, tecnologías y apoyos mejoran la participación plena de las personas con discapacidad.”

jueves, 21 de agosto de 2025

La convención como herramienta de cambio

En el mundo hay más de mil millones de personas con discapacidad (15% de la población).

Para garantizar sus derechos, la ONU aprobó el 13 de diciembre de 2006 la Convención

sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el primer tratado internacional de

derechos humanos del siglo XXI. Este instrumento jurídico obliga a los países que lo ratifiquen

a implementar políticas de no discriminación, adaptar sus leyes y eliminar prácticas discriminatorias,

cambiando el enfoque asistencialista por uno de igualdad de condiciones.


México firmó y ratificó la Convención y su Protocolo Facultativo el 30 de marzo de 2007,

comprometiéndose a promover la inclusión y dignidad de las personas con discapacidad.



Imagen 1. “Se muestra del lado izquierdo el logo oficial de la ONU,

un mapa del mundo rodeado por ramas de olivo. A la derecha, el texto del título

se lee CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”


Derechos más allá 

La Convención no es solo un texto legal, sino una herramienta viva que obliga a los Estados a actuar.

Reconoce derechos esenciales como: 


  • vivir de forma independiente y elegir dónde y con quién vivir, sin ser forzados a aceptar un sistema de vida específico. 
  • Acceso a la salud y rehabilitación, con servicios de la misma calidad que la población general. 
  • igualdad en el trabajo, asegurando empleos dignos, accesibles e inclusivos, sin ningún tipo de discriminación.
  • Educación en todos los niveles, con ajustes razonables que garanticen la participación plena. 
  • protección contra el trabajo forzoso y el respeto a la vida privada. la familia y la reputación.


Responsabilidad de los Estados 

Ratificar la Convención significa comprometerse a eliminar leyes discriminatorias,

crear políticas inclusivas, garantizar accesibilidad en espacios físicos y digitales,

y lanzar campañas para derribar estereotipos.

También implica escuchar la voz de las personas con discapacidad y trabajar de la mano

con sus organizaciones para que las decisiones no se tomen sin ellas.


La Convención nos recuerda que la dignidad no se concede, se respeta. Y que las barreras más difíciles de derribar nosiempre son físicas, sino las que están en la mente y el corazón de las personas. 


Cada persona puede ser parte del cambio: desde exigir ajustes razonables en su escuela o trabajo,

hasta usar un lenguaje respetuoso y apoyar iniciativas inclusivas.

La Convención también nos invita a educar a nuevas generaciones

en el valor de la diversidad y a reconocer cómo el arte, la cultura y el deporte, como

los Juegos Paralímpicos, son espacios donde la inclusión cobra vida.

Al final, la frase que la inspira sigue siendo clara: “Nada sobre nosotros, sin nosotros”.

Construir un mundo sin barreras no es tarea de unos pocos, es responsabilidad de todas y todos.


Referencias: 

Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (2019). La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

y su Protocolo Facultativo [PDF]. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Recuperado

de https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-05/Discapacidad-Protocolo-Facultativo%5B1%5D.pdf

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (s. f.). Hoja informativa:

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad [Hoja informativa]. ACNUDH. Recuperado

de https://acnudh.org/hoja-informativa-convencion-internacional-sobre-los-derechos-de-las-personas-con-discapacidad/