Imagen 1: muestra un mapa del mundo y alrededor hay un lazo en forma de
cinta en colores, rojo, azul, amarillo y verde que simboliza la
conciencia sobre el autismo.
A la derecho se encuentran varias manos que
representan la diversidad, inclusión.
Introducción
Vivimos en un mundo donde la inclusión y la igualdad deberían ser derechos universales, pero la realidad muestra que aún existen barreras que superar. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), adoptada por México y muchos otros países, establece principios y obligaciones internacionales para garantizar que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en la sociedad. Desde la educación hasta el trabajo y la vida social, la CDPD busca eliminar la discriminación y promover ajustes razonables que faciliten la igualdad de oportunidades. En esta entrada exploraremos cómo diferentes países, incluido México, han adoptado estas normas, qué avances han logrado y qué retos aún persisten. Más allá de las leyes, la verdadera inclusión es un cambio de conciencia que nos invita a construir juntos una sociedad más justa y accesible para todos.
En Europa, el Reino Unido decidió integrar la convención dentro de su marco de igualdad a través del “Equality Act 2010”. Aplicable a Inglaterra, Escocia y Gales. Su objetivo principal fue simplificar y unificar en un solo marco legal muchos estatutos dispersos relacionados con la igualdad y la discriminación, para que sean más fáciles de usar y aplicables, es muy importante porque facilita que las personas entiendan sus derechos: al estar todo bajo una sola ley, con definiciones más claras, es más sencillo demandar o pedir cumplimiento, también porque promueve mayor coherencia en políticas públicas; los organismos tienen que ajustar sus procedimientos para que cumplan con un mismo estándar legal, y la inclusión de la discapacidad como característica protegida obliga a medidas de accesibilidad, ajustes razonables y eliminación de barreras (físicas, sociales, de comunicación) — lo que la hace muy relevante como modelo comparativo para derechos de personas con discapacidad. Además, estableció un mecanismo independiente para supervisar el cumplimiento, lo que permite a las personas con discapacidad exigir ajustes razonables en tribunales y en la vida cotidiana.
imagen 2: se muestra logo de “Equality Act 2010”
Como toda norma, también tiene limitaciones. Aunque el texto legal es sólido, en la práctica persisten brechas importantes, como que muchas personas con discapacidad siguen enfrentando falta de accesibilidad en transporte, vivienda o empleo, y los ajustes razonables no siempre se cumplen. También se critica que las sanciones para quienes discriminan no son lo suficientemente fuertes para disuadir conductas, y que la aplicación de la ley no es completamente homogénea en todas las regiones del Reino Unido. Otro punto débil es que la comisión encargada de vigilar su cumplimiento no siempre cuenta con recursos suficientes para supervisar y sancionar de manera efectiva.
Imagen 3: se muestran personas en Europa protestando y exigiendo igualdad y que se respeten sus derechos.
En India, el Parlamento aprobó en 2016 la Rights of Persons with Disabilities Act, una ley que amplió la definición de discapacidad, reconoció nuevos derechos y obligó a la educación inclusiva. Sin embargo, el gran reto ha sido la implementación: la magnitud del país y las desigualdades entre estados federados generan una aplicación desigual, y muchas veces la falta de recursos limita el alcance de la norma. La experiencia de india deja claro que tener una ley avanzada no basta si no se acompaña de financiamiento y seguimiento constante. La raíz del problema es la falta de supervisión y mecanismos de aplicación. En varios estados ni siquiera existen Comisionados, quienes deberían vigilar, resolver quejas y coordinar acciones. A nivel federal solo hay un Comisionado Jefe, pero su función es limitada: puede recomendar medidas, pero no imponer sanciones. Además, la escasez de tribunales especiales impide que las violaciones se sancionen realmente, debilitando la protección de derechos. Para resolver el problema se propone un federalismo cooperativo, con la creación de un Consejo Interestatal, que coordine entre el gobierno central y los estados, como ya existe en salud. Por otro lado, un federalismo competitivo, incentivando a los estados con recursos económicos vinculados al cumplimiento de la ley, como ocurrió con el programa Smart Cities Mission.
imagen 4: se muestra una mujer empujando la silla de ruedas de un joven en los suburbios de india.
Por otro lado, en América Latina, Colombia avanzó con la Ley 1618 de 2013, que garantiza la inclusión social y obliga a ajustes razonables en distintos ámbitos. Lo interesante aquí es el papel que ha tenido la Corte Constitucional, que a través de sus sentencias ha reforzado el derecho de las personas con discapacidad a la salud, a la educación y al trabajo. El sistema judicial ha funcionado como un motor que obliga al Estado a cumplir lo que prometen las leyes.
La realidad en las escuelas muestra que aún hay brechas enormes. La inclusión no ocurre automáticamente: aunque la ley establece el “qué” de la educación inclusiva, aún falta resolver el “cómo”. La verdadera inclusión depende de la relación entre las personas, de cuestionar los prejuicios, de cambiar la mirada sobre la alteridad y de aceptar que las diferencias no son problemas a superar, sino experiencias que enriquecen a todos.
El reto actual no está en crear más leyes, sino en fomentar un cambio ético y cotidiano: educadores, familias y estudiantes deben reflexionar sobre sus propias percepciones, abrirse al diálogo y construir juntos un espacio donde todos puedan ser y estar juntos, más allá de etiquetas y estigmas. La inclusión es, finalmente, un acto de conciencia y respeto, que va más allá de la presencia física y toca lo más profundo de la convivencia humana.
imagen 5: muestra un grupo grande de personas, algunas en silla de ruedas, todas reunidas en un espacio al aire libre, están sonriendo para la foto.
Por último, en México, las personas con discapacidad cuentan con varias leyes y normas que protegen sus derechos y promueven su inclusión en todos los ámbitos de la vida. La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicada en 2011, establece las bases para que todas las personas tengan igualdad de oportunidades y acceso a la educación, el trabajo, la salud y la participación social. Complementando esto, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación prohíbe cualquier trato desigual por motivos de discapacidad y promueve un entorno justo y accesible. La Ley General de Educación garantiza que los estudiantes con discapacidad reciban educación en igualdad de condiciones, ofreciendo adaptaciones y apoyos necesarios, mientras que la Ley Federal del Trabajo asegura que puedan acceder a empleos, capacitación y ascensos sin discriminación, incluyendo ajustes razonables en el lugar de trabajo.
Conclusión
La inclusión de las personas con discapacidad no depende únicamente de leyes o políticas; aunque la CDPD y las normativas nacionales como la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en México establecen un marco fundamental, el verdadero cambio ocurre cuando la sociedad adopta una actitud de respeto, empatía y colaboración. Cada ajuste razonable, cada oportunidad de participación y cada acto de conciencia construyen un entorno donde la diversidad se valora y no se margina. Avanzar hacia una sociedad plenamente inclusiva significa derribar barreras físicas, sociales y culturales, y reconocer que la igualdad de derechos es un compromiso de todos, en la vida cotidiana y en cada espacio donde convivimos. La inclusión no es un privilegio, es un derecho y una responsabilidad compartida.
Referencias:
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India Code. (2016). The Rights of Persons with Disabilities Act, 2016. Recuperado de https://www.indiacode.nic.in/bitstream/123456789/15939/1/the_rights_of_persons_with_disabilities_act%2C_2016.pdf
Johari, B. (2024, 24 de junio). India’s Rights of Persons with Disabilities Act 2016: An Unfulfilled Promise. Oxford Human Rights Hub. Recuperado de https://ohrh.law.ox.ac.uk/indias-rights-of-persons-with-disabilities-act-2016-an-unfulfilled-promise/
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Congreso de la República de Colombia. (2013). Ley 1618 de 2013: Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Diario Oficial No. 48717. Recuperado de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=52081
García Castillo, A. M. (2020). Educación inclusiva y marco legal en Colombia: Una mirada desde la alteridad y las diferencias. Tesis Psicológica, 15(2), 1–32. https://doi.org/10.37511/tesis.v15n2a4
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